Indemnización por caída en calle por baldosa levantada

Hola,
En primer lugar se ha de esperar a que la persona lesionada esté totalmente recuperada para poder cuantificar las lesiones producidas por la caída.
Una vez que esté recuperada, hay que interponer reclamación al Ayuntamiento (suponiendo que la baldosa pertenezca a la vía pública y no sea privativa -de una comunidad de propietarios por ejemplo-), con toda la documentación obrante y esperar contestación del Ayuntamiento.
En función de la contestación o no contestación por parte del Ayuntamiento, se ha de acudir a la vía contenciosa.
Para resolver dudas y ofrecerle una orientación sobre como proceder en este caso, no dude en contactar con nosotros para concertar una consulta.
Atentamente,
Sáez & Jiménez Abogados

ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
La indemnización se calcula con el alta de las lesiones y deberá interponer una reclamación ante la administración correspondiente. Hay que tener en cuenta días de baja, secuelas ... Si va a rehabilitación y tiene gastos de desplazamiento, medicación, gastos médicos ...
Si desea más información más detallada o un presupuesto por las gestiones que sean necesarias para la reclamación, no dude en contactar.
Un saludo