Indemnización por despido improcedente
José Antonio Ruiz Ruiz
Abogado de Cartagena especializado en Derecho Laboral
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Mejor respuesta según autor
Es indudable que usted ha sido víctima de engaño y de explotación por parte de un empresario que incumple las normas de Seguridad Social, ya que le ha dado de alta con un número de horas inferior a las que realmente trabaja.
Le aconsejo que lo denuncie ante la Inspección de Trabajo, al mismo tiempo que presente una demanda por despido improcedente y reclamación de cantidad, si del contenido de su contrato se constata dicha improcedencia, y que en acto de conciliación reclame las cantidades que legalmente le corresponda percibir.
Atentamente,
José Antonio Ruiz Ruiz. Abogado.
Equitas Abogados María dolores lopez
Abogado de Murcia especializado en Derecho Administrativo
Buenos dias, entiendo que su contrato era un contrato a tiempo parcial. Toda terminacion de contrato tiene derecho a indemnizacion y finiquito, pero la cantidad a percibir es minima. Habra que ver que tipo de contrato tenia y si tenia periodo de prueba. Puede bien interponer una conciliacion laboral, o puede denunciarlo por incumplimiento de contrato ante la inspeccion de trabajo. aunque seria necesario obtener pruebas de que trabajan mas de lo contratado. En los contratos parciales la indemnzacion es de 9-10 dias de trabajo por año trabajado. En este caso la indemnizacion es minima y si alega que no supero el periodo de prueba, le pagara la parte proporcional a los tres dias y saldado. Debe mirar en el contrato que pone al respecto y que convenio se le aplica. Lo unico que puede hacer es interponer una papeleta de conciliacion si no esta conforme o denunciarlo ante la inspeccion de trabajo por incumplimiento de contrao. Por l o demas no creo que cobre mucho mas. Un saludo y suerte, si necesita algo no dude en poneree en contacto commigo y revisremos su contrato. Maria dolores lopez vicente
Esta pregunta la respondí hace 18 días:
"Es indudable que usted ha sido víctima de engaño y de explotación por parte de un empresario que incumple las normas de Seguridad Social, ya que le ha dado de alta con un número de horas inferior a las que realmente trabaja. Le aconsejo que lo denuncie ante la Inspección de Trabajo, al mismo tiempo que presente una demanda por despido improcedente y reclamación de cantidad, si del contenido de su contrato se constata dicha improcedencia, y que en acto de conciliación reclame las cantidades que legalmente le corresponda percibir. Atentamente, José Antonio Ruiz Ruiz. Abogado."
Abogado Divorcio Murcia Jiménez Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
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1 voto útil
Hola, el finiquito es el pago por derecho a las vacaciones y pagas extras, si dices que has trabajado 3 días, prácticamente no será casi nada. y además con un contrato de 4 horas sería la mitad claro. No te merece la pena entrar en litigio. A tu entera disposición, un saludo de Rufino Jiménez, rufinojg@icamur.org.
Hola, buenos días:
Para hacerte el cálculo de manera correcta necesito ver la documentación, que todo esté perfectamente ejecutado conforme a la Ley.
Y de vital importancia es el contrato y saber periodo de prueba.
El despacho esta en Cartagena, en Plaza del Rey, nº8, 5ª planta, Oficina 14.
Un saludo.
Inmaculada Bas
Hola, tendría que ver el contrato, pero en principio tienes derecho.
Contacta con nosotros y lo vemos sobre el papel.