Indemnización por prejuicios
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Contestado
La utilización del nombre para fines publicitarios sin la oportuna autorización es una intromisión ilegítima del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen (art. 7.6 LO 1/1982), y su indemnización integra los perjuicios ocasionados y el daño moral, más la apropiación del lucro obtenido (art. 9 LO 1/1982). Para calcularla se tienen en cuenta las circunstancias del caso y la gravedad de la lesión en función de la difusión o audiencia del medio a través del cual se haya producido.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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