Ingreso de menor en un centro de protección de menores

Con casi 17 años, por dificultades con la convivencia con su madre biológica (no tiene padre, sino otra "madre" no reconocida nada más que a través de un amplio régimen de visitas dictado por auto judicial), el menor solicitó la emancipación pero se le denegó argumentando que debía solicitarlo a través de la apertura de juicio verbal.

El caso es que hemos recibido auto judicial donde se dispone que se otorga la guardia y custodia a la comisión de tutela de la comunidad de Madrid para ser internado inmediatamente en un centro de protección.
Por favor, ¿qué podemos hacer? ¿Esto es inamovible? ¿Si recurrimos se paralizaría la ejecución de este auto hasta tener sentencia firme? ¿Qué otras opciones tenemos? Es urgente.

Muchísimas gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
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Buenos días:

Efectivamente deben recurrir la resolución notificada y solicitar la suspensión de la ejecución de la misma. Esto dará lugar a la suspensión de la misma y a la tramitación de un procedimiento civil especial con unas reglas muy parecidas al contencioso administrativo.

En cuanto a la emancipación habría que solicitar la correspondiente autorización judicial o que el menor contrajera matrimonio.

Estamos a su disposición para ampliar la información.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Par poder contestar sin confundirnos deberiamos ver el contenido del Auto. No obstante debe recurrirlo dentro del plazo, para evitar el ingreso, y al mismo tiempo debe solicitar la emancipación mediante el correspondiente juicio verbal.
Lo normal es que con la interposición del recurso se paralice el ingreso, no obstante, en el propio recurso debe solicitarse la suspensión.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
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Buenos días, entiendo que lo que debe de hacer inmediatamente es recurrir el Auto y presentar la demanda de juicio verbal solicitando la emancipación del menor.
Debería ver el Auto a fin de poderle responder sus preguntas sobre la suspensión de la ejecución.
Quedo a su disposicion

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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Para poder asesorarle adecuadamente deberíamos ver el auto, pero en principio y lo primero sería recurrir dicho auto.

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