Suspensión de la pensión de alimentos

Hola,

Tengo una niña de 11 años y estoy pasando una pensión de alimentos. Hace poco modifiqué la pensión porque gano la mitad que antes. Por problemas madre-hija, quieren encerrar a la pequeña en una "casa de infancia" por meses o más de un año. La niña, desde primeros de mes está conmigo.

He pedido que se quede conmigo, que yo me hago cargo, pero los servicios sociales dicen que no, dicen que mejor así, solucionarán el porqué no quiere mi hija estar con su madre y después, lo más seguro, volverá con ella.
Mi ex no se habla con sus padres y yo tengo buena relación con ellos. Me ayudarían en todo lo posible, también mi familia.

Bueno, la pregunta es que si estando mi hija en este centro, ¿tengo que seguir pasando la pensión, sabiendo que no le va a llegar ni un céntimo a mi hija?
Y si no les sigo la corriente a los servicio sociales o bienestar social, ¿pueden quitarme la patria potestad?

Gracias y perdonadme si me he extendido mucho.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
ABOGADO DIVORCIO TORRENT - GRAU & DIAGO ABOGADAS, C.B.
Contestado

Buenos días, en su caso, lo que yo haría es presentar unas medidas del art. 158 del Código Civil, que son de carácter urgente y solicitaría la custodia de su hija. En dicha vista, se decidiría también le tema de la pensión de alimentos.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ARE2 ABOGADOS

ARE2 ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Lo que tiene que hacer es presentar una demanda de modificación de medidas.
Atentamente
ARE-2ABOGADOS.COM

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

Pujol & Associats Advocats

Abogado de Reus especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

En su día ya realice la oportuna respuesta. A ella me remito.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado