Los ingresos generados despues del fallecimiento
Abogado Despidos Móstoles ANIBAL GRUPO EMPRESARIAL
Abogado de Móstoles especializado en Derecho Laboral
Buenos días, los saldos en cuentas corrientes deberán repartirse en función de lo estipulado en testamento, aunque se trate de un ingreso posterior al fallecimiento, puesto que tal ingreso debe corresponder a algún derecho de cobro que ostentase el fallecido en vida y por tanto forma parte del caudal hereditario y debe repartirse del mismo modo que el resto de saldos, un ejemplo habitual de esta situación es la devolución de la declaración de la renta del fallecido, o el finiquito/ liquidación que corresponde al fallecido por la baja en su trabajo. Espero haberte ayudado. Un saludo
Abogado de Divorcios en Segovia Pedro Arahuetes García
Abogado de Segovia especializado en Derecho Civil
Habrá que ver el origen de ese ingreso para saber si va a la masa hereditaria o es sobrante.
Pedro Arahuetes García
Abogado