IRPF en la indemnización por despido
Estimado amigo, en este tema puede usted encontrar diferentes posiciones jurídicas, en mi opinión, y que es compartida por muchos compañeros, no todas las indemnizaciones por despido precisan una ratificación por acta de conciliación para resultar exentas de IRPF, eso iría contra el dinamismo por el que quieren que se caracterice el mercado laboral. Es más, la única indemnización sobre la que podría recaer una sombra de sospecha de fraude para la Agencia Tributaria es la correspondiente a un despido improcedente reconocido por la empresa. En el resto de casos, y es mi opinión personal, no es necesario acudir a la conciliación. La acción de despido tiene una caducidad de 20 días, así que no está en plazo para plantear una demanda de conciliación. Cordialmente