Jubilacion por despido: la indeminzación paga IRPF?
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Contestado
Estimado amigo, efectivamente podría usted solicitar la jubilación anticipada. En cuanto a la indemnización, sólo tributaría por IRPF la parte que pudiera exceder del límite legal de 20 días por año. Por lo que respecta a si le afectarían nuevas modificaciones legales, la respuesta es sí. A usted se le aplicará la normativa vigente en la fecha del hecho causante, es decir la fecha de inicio de la jubilación. Un saludo
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