¿Las aseguradoras recurren sentencias?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Mejor respuesta según autor
Su abogado puede tener mas datos a la hora de informarle, por lo que debiera consultarlo con el mismo. La posibilidad de recurso es menor si no se ha producido consignación o pago parcial que enerve los intereses especiales del art. 20 de la Ley de contrato de Seguro, ya que a partir de segundo año, pueden ser del 20%, lo que se dispuso legalmente, precisamente para ecitar recursos abusivos por parte de las compañías aseguradoras.
Espero haberle sido útil, un cordial saludo.
Buenos días y gracias por su consulta.
Desde luego, si consideran que tienen posibilidades, recurrirán. Tenga en cuenta que han llegado a juicio porque no ha sido posible llegar a un acuerdo y, por lo tanto, es de suponer que agotarán la vía legal.
Para más información, no dude en contactar con nosotros.
Reciba un saludo.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Depende bastante de cómo haya ganado en primera instancia y de las posibilidades que vean cara a la segunda instancia. Desde luego, si creen que existe alguna posibilidad o tienen orden de recurrir en el tipo de asunto que Vd. ha planteado, lo van a hacer.