Leyes sobre la mujer vigentes en 1753 o siglo XVIII

En un documento de 1753 una pariente mía, ya viuda, a la hora de hacer inventario de los bienes de su fallecido marido, decía renunciar a las leyes de las segundas nupcias, así como a la nueva y vieja constitución ,... y las (leyes) de Madrid ,... Me gustaría saber a que se referían esas leyes, específicamente, en lo referente a las mujeres..
Muchas Gracias.

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Estimado/a amigo/a, las leyes de segundas nupcias venían a establecer ciertos límites respecto de los bienes que podían transmitirse tras el fallecimiento de una persona, y que tenían su origen en la herencia de un cónyuge premuerto, a fin de que no pudieran pasar a ser propiedad de un segundo o tercer marido o esposa. Según parece esta institución jurídica tiene origen medieval, y fue perdiendo peso durante el siglo XIX, ya que debido al aumento de la esperanza de vida, resultaba más improbable que se produjesen segundas y terceras nupcias. Actualmente subsisten vestigios de ello en las normas forales de Navarra.

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