licencia de armas revocada

la pena impuesta para la tenencia y porte de armas extinguió el 28 de mayo de 2008, y la revocación se basa en una conducta no compatible a la posesión de armas tipo e. pero es que yo nunca he tenido mi vida ningún altercado salvo aquel día fortuito, ademas cuando en el informe de la guardia civil es favorable y otro informe de la policía local avala mi buena conducta, ademas el procedimiento esta definitivamente archivado, no hay antecedentes penales ni policiales todos cancelados . se basan en el articulo 98.1 del reglamento de armas y en el art 97.2 del reglamento de armas y también en el art. 7.1.b de la ley orgánica 1/92 debe ser ejercida con carácter restrictivo cuando yo nunca e tenido problema alguno con la justicia..basado expediente de denegación 2007 denegación por la administración.

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

En su caso lo adecuado sería impugnar esa denegación de renovación, en primer lugar en vía administrativa, y posteriormente en vía judicial contencioso-administtiva para tratar de revocarla.

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