Licencia de primera ocupación y escritura en cataluña

He comprado un piso de obra nueva en Cataluña. ¿El promotor me puede obligar a escriturar si no tiene la licencia de primera ocupación?
¿La solicita el notario?
¿Y para la contratación de los suministros?
¿Me puedo negar a firmar hasta que la tengan?
Gracias

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Abogado inmobiliario urbanismo Barcelona - Archer Abogados
Contestado

Para hacer la escritura de compraventa es obligatorio obtener la licencia de primera ocupación. Es un requisito que el Notario se encargará de que se cumpla.

Si con el promotor ha suscrito un contrato de compraventa sobre plano, debería analizar los pactos que se contengan en el mismo así como requerirle para que cumpla con el contrato a fin de no quedar Vd. como parte incumplidora.

Quedamos a su disposición sin ningún compromiso si quiere revisar los documentos.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, es obligatorio tener la licencia de ocupación por el notario que hará que se cumpla.

Un saludo

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