Liquidación bienes gananciales

Buenas noches.
Me estoy divorciando y para la liquidación de bienes gananciales el abogado de mi exmarido propone darme la mitad de la amortización de la hipoteca (sin intereses)
Puesto que la casa es de carácter privativo la compro mi ex marido cuando eramos novios e hizo la hipoteca sólo el pero al casarnos y vivir juntos antes todo lo teníamos en común (en bienes gananciales).
Tengo la sensación de que esta tratando de engañarme puesto que yo creo que si pagamos cuota completa con intereses seria la mitad de la hipoteca con intereses incluidos no?
¿Podéis sacarme de la duda?

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Romo Boyero, José Luis

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

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Con independencia de esta propuesta concreta de dividir la amortización de la hipoteca, con o sin intereses, creo que si se está usted divorciando debe tener un abogado propio, porque el de su exmarido defenderá los intereses de él, no los de usted. Entrando en lo relativo a los intereses, la respuesta tendrá múltiples matices en función de la importancia cuantitativa que tengan los intereses en relación con el capital amortizado (no es lo mismo al principio que al final de la vida de la hipoteca). Además no queda claro si usted es no deudor hipotecario frente al banco. Si quiere comentar el asunto con más sosiego le propongo una consulta en mi despacho (la primera es gratis) y le aclararé mejor el tema. Muchas gracias

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Responderle depende de los acuerdos globales a que hallan llegado, pues no se puede analizar un bien en concreto, si tiene dudas consúltelo con su abogado, si no dispone de ninguno, es recomendable que se asesore a través de un profesional, por las consecuencias económicas de lo que se está acordando. Respecto de su pregunta, se le está devolviendo, al parecer, la parte del piso pagada durante la vigencia del matrimonio; no se resuelve así la actualización de dichos importes, ni el beneficio que ha supuesto el pago de intereses, existiendo otras fórmulas para su cálculo, es por lo que debe de asesorarse debidamente. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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Buenas tardes, habría que ver que le ofrece por escrito, pero lo mejor es hacer un balance de todo lo que hay en la sociedad de gananciales y dividirlo al 50%. Si lo desea puede ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo

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