Manuntención y visitas

El padre mis hijas no se la quiere llevar en vacaciones sino cuando él quiere. No pasa manutención sino cuando él quiere.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogada divorcios en Las Palmas de Gran Canaria Ana María Lede Martínez
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Buenas tardes;
Es una situación muy común que surja el conflicto de que en tanto que el progenitor no custodio no paga la pensión de alimentos establecida en sentencia o convenio, el progenitor que tiene la custodia de los hijos decida no cumplir tampoco con el régimen de visitas, impidiendo o dificultando que estas se produzcan. Es decir, que se niegue a cumplir con sus obligaciones en tanto el otro progenitor no cumpla las suyas.
De cualquier forma, estas obligaciones no pueden incumplirse por ninguno de los progenitores respecto a las que les correspondan, y si lo que se pretende es modificarlas, deberá hacerlo por el procedimiento correspondiente de modificación de medidas, debiendo por ello iniciar un nuevo procedimiento.
De esta forma debe de quedar claro que si el progenitor no custodio no paga la pensión de alimentos establecida a favor de los hijos, por el motivo que sea, no se puede entorpecer ni impedir el cumplimiento del régimen de visitas.

Muchas gracias.
Espero haberle servido de ayuda.
Un saludo.

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ABOGADO DERECHO DE FAMILIA EN LAS PALMAS DOLORES QUINTANA HIDALGO
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Las medidas judiciales, sean convenidas por los progenitores y aprobadas judicialmente mediante Auto/Sentencia, o incluidas en el Auto/Sentencia por no haberse consensuado; son de obligado cumplimiento, sin perjuicio de los acuerdos a que puedan llegar AMBOS PROGENITORES en cada momento en aras de la flexibilidad ya contemplada en la resolución judicial . Ate una imposición o incumplimiento unilateral por parte del otro progenitor, puede instar el procedimiento de ejecución de título judicial, tanto si es dineraria u obligaciones personalísimas, para exigir el cumplimiento de la medida judicial, para lo que precisa de abogado y procurador. En caso de ser reiterados los incumplimientos, cabe imponer multas coercitivas mensuales mientras persista, y además, si afecta al régimen de estancia, puede dar lugar a variación de éste. Lo conveniente es que acuda a un/a abogado/a para que impulse el procedimiento adecuado a las circunstancias del caso, pues en caso contrario se puede entender que lo consiente tácitamente. Espero que se solucione su problema.

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González Torres Abogados
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Estimada señora:
Usted debe de presentar una demanda de ejecución reclamando la actualización de la pensión de alimentos (si procede), y la reclamación de pensiones impagadas, embargando sueldo y cuentas corrientes al padre de sus hijas.
Y reclame en ejecución de sentencia si el padre no se lleva de vacaciones a sus hijas cuando debe.
Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado).

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Si tiene sentencia di fe se fije el régimen de visitas y pensión de alimentos ha de acudir a un abogado y solicitar la ejecución de la sentencia. Si no tiene resolución judicial ha de interponer una demanda. En todo caso acuda a un abogado. Estamos a su disposición

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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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Supongo que tiene una sentencia donde establece el régimen de visitas y el importe de la pensión. Si el padre de sus hijas no cumple lo establecido en la sentencia, tendrá que solicitar la ejecución (cumplimiento forzoso) de dicha sentencia. Suerte.

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