¿Qué mayoría se exige para cesar al administrador de una comunidad de bienes?

Comunidad de bienes cuyo objeto es el arrendamiento de un local. 7 comuneros (2 tienen el 50% y los otros 5 el otro 50%).
En el contrato de constitución "se designa a X como administrador (no comunero), para las labores de administración". Qué poderes tiene?
En el contrato de constitución no se establece qué mayorías se necesitan para los acuerdos (sólo se establece que se determinará por consenso el reparto de beneficios).
El 50% (5 comuneros) desean cesar al administrador (y administrarlo entre todos los comuneros) y el otro 50% (2 comuneros) no quieren cesarle (porque el administrador es su hijo). Sería posible hacerlo solo por la voluntad de los 5. Qué mayoría necesitaríamos? Cómo tendríamos que hacerlo?
Si fuera imprescindible ir a juicio, el juez cesaría en todos los casos al administrador?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
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Buenas tardes: Con la mayoría de las cuotas se podría adoptar el acuerdo, el problema que tienen es que con el 50 % no les vale, por lo que tendrían que acudir a la vía judicial alegando que el cambio de administrador es conveniente para la comunidad de bienes.

Estamos a su disposición en nuestro despacho. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

La situación es grave, pues como indica mi compañero, habría que judicializar el asunto, ya que en otro caso no se pueden adoptar acuerdos si persiste el empate. Saludos.

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