¿Me conviene aceptar modificaciones de las condiciones de trabajo?
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Respecto del paro se computa la cotización de los últimos seis meses, por tanto si le reducen la jornada, el computo de la base será menor. Puede también si no acepta la reducción, pedir la rescisión del contrato, con indemnización de 20 días por año, con un límite de 9 mensualidades, pero el problema es luego encontrar trabajo, porque la situación económica es muy complicada y el paro es muy elevado. Medite bien su opción.
Abogado Despidos Valladolid Yolanda Mosteiro Velasco
Abogado de Valladolid especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes:
La nueva jornada que le quiere imponer su empresa , es a todas luces una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo y Ud. puede mostrar su desacuerdo, dentro de los 20 días siguientes a la notificación de dicha medida a través del juzgado de su localidad, en dicha resolución el juez puede bien considerar nula dicha medida y obligar a la empresa a restablecer sus condiciones originarias , o si ud asi lo solicita pedir la rescisión de su contrato con el abono de 20 días por año trabajado.
En caso de aceptar dicha jornada,la prestación por desempleo tendrá en cuenta los 6 ultimos meses, y ello puede conllevar una merma importante a la hora de recibir dicha prestación.
Espero haber podido ayudarle, sin más, saludos cordiales.
De acuerdo con lo que le indican mis compañeros, si acepta la reducción de jornada ello no sólo le afectará en cuanto al importe de la prestación por desempleo, sino también en cuanto al cálculo de una eventual indemnización por despido, aunque finalmente por insolvencia deba acudir al FOGASA. Mi primera impresión es que debería oponerse a la reducción, y forzar algún tipo de acuerdo con la empresa que le beneficie más, incluso contemplar la posibilidad de extinguir la relación laboral. Estoy a su disposición para valorar personalmente su caso. Un saludo
Se calcula en base a los últimos 6 meses. De cara al desempleo, si trabaja a media jornada, disminuiría su prestación.
Tenga en cuenta que no es obligatorio que acepte la rebaja, pudiendo optar por rescindir el contrato con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
Quedamos a su disposición.
La prestación por desempleo se calcula teniendo en cuenta las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados.
Un saludo.