Me deben ya 4 nóminas ¿Tengo que seguir acudiendo a mi sitio de trabajo?

La empresa en la que trabajo me debe ya 4 nóminas. ¿Tengo que seguir acudiendo a mi sitio de trabajo ? ¿Cuándo les denuncio? ¿Qué repercusiones podría tener? (¿me podrían echar?)

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Estimado/a amigo/a, como bien le indica mi compañero el impago de salarios supone un grave incumplimiento por parte del empresario, por lo que está usted facultado para solicitar la extinción del contrato de trabajo con los mismos efectos que un despido improcedente. Sin embargo, aunque cabe la posibilidad de dejar de asistir al trabajo y al mismo tiempo demandar, es una estrategia demasiado arriesgada, por lo que mientras tanto le recomiendo que siga acudiendo al trabajo. Por mi experiencia cuando una empresa acumula tantos salarios impagados la cosa nunca va a mejor, así que, sin perjuicio de valorar los pormenores de su caso, le recomiendo que demanda cuanto antes. En cuanto a las repercusiones, debe tener presente que ejercer acciones legales no es más que una expresión de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por lo que si de ello se derivase alguna consecuencia a modo de represalia, estaría usted protegido por lo que se denomina derecho de indemnidad. Un saludo

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Puede Vd. demandar a la empresa por grave incumplimiento del contrato de trabajo solicitando que se le abone lo adeudado y se le indemnice en la cuantía de un despido improcedente. Tenga presente que, aunque no es un despido, es un medio de resolución del contrato laboral, por lo que extingue su relación laboral con la empresa. Si desea continuar en la misma, lo procedente es una reclamación de cantidad por los salarios no percibidos más los intereses legalmente previstos.

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

QUESNAY KERNEL ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Continue presentándose a su lugar de trabajo y, paralelamente, presente demanda de rescisión de contrato sin pérdida de tiempo.
Actuar con celeridad, en estos casos, es imprescindible atendiendo al hecho que la situación de la empresa rara vez suele mejorar y en el interin pueden presentar concurso de acreedores o disminuir los bienes con los que hacer frente al pago de salarios debidos yo indemnizaciones.

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Main Advisers

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Debe seguir acudiendo a su centro de trabajo. Si quiere rescindir su contrato por incumplimiento del empresario, puede presentar demanda en los juzgados, solicitando una indemnización.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mis compañeros de Quesnay Kernel.

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