¿Me puede embargar Seguridad Social una indemnización por accidente ?
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Buenos días.
La orden de embargo de su cuenta bancaria que tiene por parte de la Seguridad Social solo se llevará a cabo en aquellas cuentas bancarias y pagadores (empresa/s en las que pueda trabajar) de las que tenga constancia la propia Seguridad Social. Por tanto, en esa cuenta que usted dice que está a nombre de su hijo, y siempre y cuando no esté a su nombre y no tenga constancia la Seguridad Social, no debería de producirse ningún embargo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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