¿Me pueden embargar?
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
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Mejor respuesta según autor
Sí, pero no la Comunidad de Propietarios, si no el Juzgado, después de que la Comunidad inste un procedimiento judicial reclamándole esa cantidad, en la que usted podrá defenderse o pagar la misma de forma previa al embargo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Comparto la tesis de mi compañero, si a ueste la comunidad le requiere para que pague y usted no lo hace, pueden presentarle un procedimiento monitorio, y si la comunidad lo gana, pueden pedir que se ejecute la resolución judicial o sentencia, y será el juzgado el trabe emgargo sobre sus bienes para cobrar la duda. Tenga en cuenta que el piso esta afecto al pago de las deudas con las Comunidad de Propietarios. Le sugiero que si no puede pagar la deuda de golpe, hable con el Presidente para fraccionar el pago en distintos plazos, así se evitará problemas.
Si le pueden embargar previa demanda judicial, solicite pagarlo aplazos con el presidente de la comunidad.