¿Me pueden embargar la vivienda por una deuda con la seguridad social?
Buenos días,
Sí que pueden embargarle la vivienda y todo lo que tenga a su nombre . Eso no quiere decir que la subasten, pues si por ejemplo tiene una hipoteca antes no lo harán en bastante tiempo, pero depende del valor de la vivienda y las cargas anteriores. Ante ese supuesto, puede recurrir la deuda si entiende que no es correcta y también puede, aunque no recurra la deuda, solicitar un aplazamiento de deuda, ofreciendo pagarla a plazos. En el despacho podemos redactarle la solicitud, si lo considera oportuno.
Saludos
Ignacio Tomás
Abogado
Ignacio Tomás
Abogado
ESTEFANÍA ÁLVAREZ GONZÁLEZ (EAG_Abogados)
Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil
Buenos días,
Le recomiendo que acuda a un abogado para que tras ciertas gestiones le indique en qué fase del procedimiento se encuentra. En caso de que no tenga recursos económicos, puede ir al Colegio de Abogados de su ciudad para que le informen sobre cómo solicitar asistencia jurídica gratuita.
Si debe esta cantidad y no la ha abonado, las opciones son reducidas. En caso de que pueda pagar la deuda a plazos, llegue a un acuerdo con la Seguridad Social para que la deuda no siga creciendo.
Un saludo
EAG Abogados
Si le pueden embargar la vivienda. Si puede, fraccione o aplzaze la deuda, aunque le cobren intereses. Dependiendo de la deuda le pueden pedir un aval