¿Mi 50% de una vivienda la puedo escriturar en menos que el otro 50%?
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos dias, habria que tasar la vivienda para saber cuanto cuesta actualmente, en todo caso en la escritura se puede hacer constar como valor el " valor minimo de referencia que se establezca en cada comunidad autonoma, que habria que calcular. Por regla general no se puede valorar poniendo el El valor que consta en el recibo del IBI es el valor catastral.
Las implicaciones son a nivel fiscal, respecto a los impuestos de transmisiones que hay que realizar en el momento de la venta, La administración podria hacer iniciar un procedimiento de comprobación de valores y una liquidación paralela del impuesto, y reclamarle el dinero correspondiente que según ellos faltaria por abonar. Saludos
Noelia Padrino