Mi hijo tiene mis apellidos
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes, sin su consentimiento el padre del niño no puede ponerle sus apellidos, para eso tendría el padre que instar un procedimiento judicial y solicitar que se realizasen pruebas de ADN para acreditar su paternidad, lo que es un procedimiento largo y costoso. En cuanto a la orden de alejamiento sólo se concede si existe una causa para ello bien porque la amenaza con llevarse al niño o con causarla a él o a usted algún daño, para eso tendría que poner una denuncia en la Comisaría de Policía. Pero tenga en cuenta que si el padre no tiene reconocido al niño no tiene ningún derecho sobre él, si va a ver al niño y usted no quiere y él insiste en verle sin hacer caso de su negativa puede llamar a la policía si se siente amenazada por su comportamiento. Un saludo y quedo a su disposición.
Concepción Núñez
Buenas noches, en primer lugar si usted no está de acuerdo el padre no puede ponerle sus apellidos a su hijo porqué él así lo decida, tendrá que demandar judicialmente para determinar la filiación y sólo cuando así se determine por un Juzgado se procedería al cambio de apellido.
Un reconocimiento de paternidad no significa que el padre pueda privarle de su hijo, tendrá los mismos derechos y deberes que cualquier padre y si usted ha sido quien ha cuidado y mantenido al niño desde su nacimiento lo lógico es que mantenga la guarda y custodia del niño.
Respecto a la orden de alejamiento ésta sólo se puede solicitar si existe riesgo para la integridad física o psíquica de usted o de su hijo.
Abogado Claúsula Suelo Ciudad Real Gonzalo Frías Gómez
Abogado de Ciudad Real especializado en Derecho de Familia
Si tu marido acude al juzgado solicitando un régimen de visitas tendrá derecho a ellas, pero también se le imoondran unas obligaciones. Respecto a la orden de alejamiento, no existe motivo para ello.
Quedo a tu disposición para poder ampliar información. Gonzalo Frias Gomez/ Abogado en Ciudad Real