Mi padre falleció, mi madre vive conmigo desde hace 9 años.

Un hermano mio no paga comunidad desde hace 8 años y ahora le reclaman a mi madre el total de la deuda ¿Eso es legal?
La comunidad le reclama una deuda de 8 años de comunidad a mi madre incluyendo embargo de cuentas, ella es pensionista la cual según dicta la resolución es inembargables. Un hermano mio reside en dicho domicilio el cual no ha pagado ninguna cuota ¿Se le puede reclamar a mi madre? Ella no reside allí hace mas de 8 años y mi padre titular del piso falleció hace 21 años.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO TARJETAS REVOLVING SEVILLA Juan Gilabert
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Su madre como cotitular esta obligada al pago, cosa distinta es si pueden pedirle 8 años seguidos de una sola vez, ya que partir del 6 de octubre de 2015 la prescripción de las deudas comunitarias será de cinco años.
En consecuencia, si esas deudas se las reclamaron antes de 6 de octubre 2015, deberá hacer frente a la totalidad de las mismas, pero si se le ha notificado después, solo tendría que responder de los recibos emitidos en los últimos cinco años.
Sobre la embargabilidad si no pueden cobrarse ahora interesarán el embargo sobre la finca para cuando esta se venda o herede.

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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Buenos dias, las deudas de la comunidad de propietarios se le reclaman al titular o titulares del bien.
Por lo que intuyo de su comentario ya está en fase de ejecución, por lo que habrán realizado una averiguación patrimonial de su madre y habrán procedido al embargo de lo que hayan solicitado
Estamos especializados en Propiedad horizontal por lo que podemos ayudarle. Necesitamos saber quien o quienes son los titulares registrases y a partir de ahí podremos actuar.

Estamos a su completa disposición , tiene nuestros datos en nuestro perfil

Un Saludo

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TAILLAFERT BAÑOS ABOGADOS

TAILLAFERT BAÑOS ABOGADOS

Abogado de Sevilla especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes. Habría que ver la titularidad del piso y la fecha de la reclamación para ver si procede. En todo caso sepa que puede reclamar posteriormente a su hermano. Para ampliar la información y poder ver los documentos podemos concertar una cita. Un saludo

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Abogado Huelva ROCIO PADILLA RUIZ

Abogado Huelva ROCIO PADILLA RUIZ

Abogado de Huelva especializado en Derecho Civil

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Según la ley de propiedad Horizontal , las cuotas de comunidad la abona lo propietarios del bien . Lo cierto es que parece que la vivienda de su madre es copropiedad de su madre y los herederos de la viuda ( usted y sus hermanos)

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Habría que ver quién es el titular registral del piso para determinar a quién se le puede reclamar. Si me solicitan una cita en el despacho, podríamos verlo todo con seguridad.

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