Toldo quemado en un patio comunitario
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
En contestación a su consulta, lo primero que ha de averiguar es quién ha sido el causante de los daños en el todo para interponer la reclamación contra el mismo.
En caso de no saberlo o de no tener pruebas, la reclamación no prosperaría.
Sería recomendable dar traslado del asunto al Presidente y Administrador de la CP para que se trate en el orden del día de la siguiente Junta, a fin de esclarecer la duda sobre quién haya podido ser.
El hecho de que su toldo lo tenga en un patio que constituya un elemento común sobre el que tiene el usufructo en principio no creo que sea competencia de la CP asumir el coste del desperfecto de su toldo privativo.
De todos modos, habría que mirar toda la documentación (estatutos, seguro de la comunidad, etc).
Un cordial saludo,
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
El toldo quemado en el patio comunitario lo tiene que pagar quien lo haya quemado, por lo que si reclama frente a alguien, tiene que tener pruebas suficientes de lo que afirma y, si no las tiene, no tiene ningún recorrido su reclamación, salvo que quiera perder tiempo y dinero. Otra cosa es que solicite al presidente o administrador la inclusión del asunto en el orden del día de la próxima Junta para ser tratado en Comunidad y adoptado el acuerdo que corresponda como, en concreto, que se recuerde a los vecinos que no se pueden tirar colillas al patio ya que pueden provocar un incendio y poner en peligro la seguridad de todos. Si desea que le digamos como proceder en el caso concreto que plantea, puede contactar con nosotros.
Abogado Propiedad Horizontal Alicante SB ABOGADOS
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Buenos días, si efectivamente tiene conocimiento de quien a provocado los daños se puede reclamar, además también esta la posibilidad de que pueda ser pagado por el seguro de la comunidad, para responderle bien deberíamos ver los estatutos de la comunidad y la póliza de seguro si tiene alguna su comunidad.
Un saludo