Mi pareja está preso ¿Cómo puedo hacerme pareja de hecho?

Quisiera recibir información

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Penitenciario Barcelona Bufete Larios
Contestado

Buenas tardes, lo fundamental que debe saber es que para poder formalizar su relación como pareja de hecho se puede hacer mediante escritura ante Notario o mediante la inscripción en el Registro. En el caso en el que deseen inscribir su pareja en el Registro deben cumplir una serie de requisitos como el más importante, llevar un tiempo mínimo de convivencia (el cual cada Comunidad Autónoma decide el tiempo), en caso de que tengan hijo/s en común es posible que este requisito no les sea aplicado. Los otros requisitos son los siguientes:
- Tener la mayoría de edad.
- Acreditar mediante declaraciones de convivencia, firmadas por testigos, que llevan uno o dos años viviendo juntos.
- No estar casado.
- Que al menos uno de los dos miembros esté empadronado en esa Comunidad Autónoma, acreditar mediante un certificado de empadronamiento.
- Dos testigos presentes en el trámite de la inscripción.

Reciba un cordial saludo, Bufete Larios.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Contestado

Buenos días, contacte con nuestro despacho para llevarle este procedimiento y asesorarle.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado