¿Un miembro de la pareja de hecho con separación de bienes cobra una herencia?

Les agradecería que me informaran sobre algo que me preocupa. Mi pareja, con la que estoy inscrita en el gobierno vasco con separación de bienes, ha recibido una herencia y queremos cancelar un préstamo personal a mi nombre. Dado que el beneficiario de la herencia es él y el préstamo es mío, puedo tener problemas fiscales?
El dinero cobrado está en una cuenta a nombre de los dos, que entiendo no me perjudica los movimientos que haga él pues es dinero suyo aunque figure yo también.
Tendría que pagar yo algún impuesto de transmisiones o como somos pareja puedo cancelar el préstamo con su dinero?
Muchísimas gracias por prestarme su tiempo pero es que no sé a quién preguntar para hacer las cosas bien.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Lo que Vds. pretenden se puede hacer mediante una donación que es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa o de dinero en favor de otra, que la acepta (artículo 618, Código Civil), o mediante un préstamo que es cuando una de las partes entrega a la otra una cantidad de dinero por cierto tiempo, a cambio de que se la devuelva con intereses (artículo 1.740, Código Civil). El préstamo está sujeto a Transmisiones Patrimoniales Onerosas y exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales. Sin embargo, la donación puesto que no esta dispuesta a devolverse estará sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Cláusula Suelo Vitoria Alicia Codés San Martín Alsasua

Abogado Cláusula Suelo Vitoria Alicia Codés San Martín Alsasua

Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil

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Me remito a lo explicado por los compañeros. Sólo quisiera apuntar que el impuesto de Sucesiones y Donaciones, en su caso específico (pareja de hecho) y según la normativa foral alavesa, ha de tributarlo al tipo fijo del 1,5% sobre la base liquidable.

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Salazar Abogados

Salazar Abogados

Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Reclamaciones de Impagados

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Recibiras una donación de tu pareja, tu no heredas sino que te dona quien hereda.
No soy fiscalista pero creo que pagas el 1% de lo donado.

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