Modificación de medidas.
Abogado de Familia Madrid - Nieves de Frutos
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Cuando se establece la pensión alimenticia se tiene en cuenta los ingresos del progenitor que va a permanecer conviviendo con los hijos, y se señala una proporción entre los ingresos de ambos necesaria para cubrir las necesidades. Dicha proporción puede alterarse cuando aumentan o disminuyen las rentas del progenitor custodio, si la alteración producida supone una variación sustancial puede dar lugar a la revisión de la proporcionalidad originaria.
En su caso, cuando firmaron el convenio regulador, parece que al valorar la pensión de alimentos se tuvo en cuenta su situación al encontrarse en paro.
- Si ahora accede a un puesto de trabajo. Con la obtención de estos ingresos la pensión alimenticia podría revisarse para que guarde la proporcionalidad exigida en los artículos 146 y 147 del Código Civil. No tendrá la consideración de empleo el trabajo esporádico o temporal, ni la condición de empleado por horas para hacer frente a las necesidades de los hijos.
Por lo tanto, si podría plantearse la modificación de medidas y su admisión a trámite otra cosa es que prospere a la vista de las pruebas que se presenten en el procedimiento.
Quedo a su disposición por si desea poner en contacto con este despacho para cualquier duda que tenga.
Gracias.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Admitir a trámite significa dar traslado a la otra parte para que conteste; es distinto de la estimación de la petición. Si se presenta con los requisitos formales se admitirá a trámite, habrá juicio y el juez decidirá quien tiene razón.
Quedo a su disposición por si desea asistencia legal profesional.
Suerte.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días, habría que ver en que términos esta realizada esa modificacion de medidas. Por regla general, siempre que haya un cambio en las circunstancias ya sea economicas o personales, respecto a lo que se pactó en su momento, se puede interponer esa demanda sin problemas. Un saludo Noelia Padrino
La modificación de medidas puede solicitarse si las circunstancias familiares o económicas han variado; por lo tanto sí que puede hacerlo.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
Si que puede hacerlo.