Modificación pensión de alimentos

Es normal que de una modificacion en sentencias sobre la pension de alimentos si no ha habido ningun cambio de trabajo ni de nivel de ingresos? Mi exmujer dice que le voy a tener que ingresar más dinero en este concepto pero sospito que es solo una amenaza suya.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Contestado

Para que haya una modificación en la cuantía de la pensión de alimentos debe acreditarse, en un proceso judidicial de modificación de medidas, que ha habido una alteración sustancial de las circunstancias existentes en el momento de dictarse las medidas en la sentencia.. Por ejemplo, una disminución del nivel de ingresos del que paga la pensión y que ésta haya sido o se prevea que vaya a ser permanente en el tiempo y que no haya sido causada intencionalmente (la disminución) por el obligado al pago. Cosa distinta es el incremento anual de la pensión que se debe pagar conforme al IPC.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Abogado de Tremp

Contestado

Tal y como dice mi compañero, entiendo que para que se pueda solicitar ante el Juzgado una modificación de la pensión de alimentos , las circunstancias económicas y personales de los litigantes deben ser diferentes o haber cambiado a las existentes en el momento de la sentencia. Es evidente en su caso que no procederá en ningún caso una demanda de modificación de medidas. Para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con este despacho. Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

VER PERFIL
Contestado

Buenos días. para solicitar la modificación de medidas en cuanto a la pensión de alimentos, el cónyuge que lo solicitare, habrá de acreditar judicialmente que ha habido una modificación o alteración en las medidas otorgadas en la sentencia. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

Las modificaciones de medidas solo proceden si se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias que en su día dieron lugar a su adopción. Si, como dice, esa alteración sustancial no se ha producido, no habrá lugar a la modificación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Si no hay cambios el juez no modifica lo ya existente

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado