Multa por mirar el móvil, sin copia y sin firma
Efectivamente, recibirá la denuncia en su domicilio próximamente. No obstante podrás recurrirla alegando la falta de notificación en el acto. El Art. 76 de la Ley de Seguridad Vial dice que "1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.
2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación.
b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo."
Saludos
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Por su relato, es posible que no le hayan llegado a formalizar denuncia alguna. Según establece la norma, la denuncia por un hecho de circulación realizada por agentes debe notificarse en el acto, salvo que concurran circunstancias que lo impidan; lo cual, no ocurrió en su caso.
Si aún así, le llegara alguna notificación de tráfico por este hecho, dispone de un plazo mínimo de 15 días para formular alegaciones desde el día siguiente a la notificación.
En tal caso, le ofrecemos nuestros servicios para su redacción sin compromiso ni coste por su parte.
Jesús Villodre
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Si no le han notificado personalmente la denuncia, le tendrá que llegar por correo postal la notificación, y será a partir de entonces cuando empiecen a correr los plazos.
La denuncia le llegará a su domicilio y en el mismo boletín le detallarán los pasos a seguir para beneficiarse de la reducción. Un saludo.