Multa de radar no notificada en domicilio habitual

Hola, se me ha notificado una multa de radar por correo ordinario, por circular a 88 km/h en una carretera limitada a 80 km/h. En un domicilio ( el de mis padres donde consta aun el vehiculo en cuestion), pero en el que yo hace años que no resido y puedo justificar con el padron (aunque sigo en el buzon).
Puedo dejar que cumpla el plazo y alegar defectos en la notificacion para recurrir una vez que me hagan el embargo en cuenta?
Gracias de antemano por el asesoramiento. Un saludl

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Abogado Herencias Lugo Pumariño Abogados

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Buenas tardes,

Estoy de acuerdo con lo que manifiesta el compañero, si en tráfico consta como domicilio el de sus padres, aunque ese no sea su domicilio habitual no puede oponerse por ese motivo.

En su pregunta recoge que la carta llegó por correo ordinario pero no especifica si fue una carta certificada. Si no consta su notificación, bien personalmente o bien por la firma de alguien de la casa por usted, no se considera convenientemente notificada y por ello si podría impugnar la sanción. De todas maneras la prescripción de las infracciones de tráfico leves, como la que aparentemente usted cometió, es de un año, por lo que pueden volver a notificarle en cualquier momento y así dar validez al procedimiento.

Espero que mi información le haya sido de utilidad.

Un saludo,

Paula Pumariño

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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La notificación está correctamente realizada pues es a usted a quien corresponde realizar el cambio de domicilio en tráfico. Hay que tener presente que aunque se cambie el domicilio en el padrón, el domicilio del vehículo que consta en tráfico puede continuar si no lo modificamos, y es responsabilidad nuestra hacerlo.

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Buenas tardes; comparto el criterio de los compañeros. Saludos.

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