Multas que no son mias
Abogado Fiscalista Barcelona QUESNAY KERNEL ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Fiscal
Se sobreentiede que la infracción fue captada por radar y, por tanto, sin la intervención directa de ningún agente.
Debe comunicar a la DGT, siempre dentro del plazo que la ley establece en 15 días naturales, los cuales comenzarán a contarse desde el día siguiente a la notificación de la denuncia.
La DGT permite identificar al conductor del vehículo a través de su página web, con independencia de que se tenga certificado digital o no.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
El infractor de tráfico es quien conduce, si usted no conducía no es el infractor, le sugiero que indique la organismo que le ha multado quien conducía el vehículo en el día y hora de la multa, para que le reenvíen la multa a su hermano.
Buenos días,
Debe usted presentar alegaciones o recurso si aún está en plazo, informando quién era la persona que efectivamente conducía.
Nos ponemos a su disposición para realizar dichas gestiones.
Saludos cordiales.
www.estradoabogados.com
Comprometidos con sus derechos.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe realizar declaración indicando la persona que conducía el vehículo y sus datos de citación; no obstante si se encuentra fuera de plazo, es posible que tal alegación no le sirva y haya de repetir lo abonado frente a su hermano. Saludos cordiales.