¿Para qué necesita mi marido el libro de familia?
Estimado cliente: con respecto a la situación que nos plantea, decirle que no tiene obligación de entregar el libro de familia, pues existe una resolución de la Dirección General de Registros y Notariado de 31/05/1984, que regula la expedición de duplicados de dicho libro en supuestos de divorcio y separación. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que comenta y teniendo un juicio, en breve no haga nada y por lo tanto no entregue nada, sin hablar antes con su abogado, por lo que si se lo vuelve a pedir y todavía no ha podido hablar con él, dígale directamente que está a la espera de lo que le diga el letrado.
Que le entregue el libro de familia o no a su marido carece de relevancia, toda vez que el mismo puede solicitar una copia en el Registro, y nada le facilitará sus pretensiones en el procedimiento de divorcio.
Buenos días;
Como le indica mi compañero es irrelevante que se lo facilite o no ya que el puede pedir una copia en el Registro.
Un cordial saludo.