Negociación con el fiscal antes de celebrar el juicio
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Efectivamente, cualquier cosa debe de ponerla en conocimiento, cuanto antes, de su abogado, que es un técnico que sabe y puede articular cualquier medio probatorio, ya que de otro modo, puede ser declarado improcedente o por proponerse fuera de plazo, no ser admitido para el acto del juicio.
Respecto de la valoración, suele ser una peritación realizad por el perito adscrito al juzgado.
Insisto debe de consultar con su abogado que es quien conoce el asunto a fondo.
Saludos.
Estimado cliente la valoración del daño no suspende la vista y puede dejarse para fase de ejecución, salvo que la determinación cuantitativa sea imprescindible para calificar los hechos, pero en caso de que lo único que esté pendiente sea la cuantificación de un hecho, cuya calificación haya sido ya determinada, no es un requisito imprescindible.