Obligación de facilitar mi renuncia a la herencia

Buenas tardes,

Expongo mi caso: renuncié a una herencia por no tener trabajo para poder pagar deudas que contenía. La herencia consistía en una empresa, una casa, y un piso, todo compartido con un hermano de mi padre, socio de la empresa, menos la casa.
El caso es que renuncié y ahora mi tío, después de casi año y medio, me está llamando para pedirme mis papeles de el notario de renuncia de la herencia. Dice que le hace falta para poder asumir él la parte de mi padre de la empresa y del piso, son 2 socios en la empresa, y tiene varios hermanos.
Pregunté a un abogado, él que me llevó mi herencia, del cual no me fío nada porque en año y pico no hizo nada y moví yo todos los papeles, aunque me cobró igual. Él me ha dicho que no le dé ningún papel, que no tengo porque dárselo.
La pregunta sería si debo de darle yo una copia de mi renuncia. Tengo una hermana que también renunció, pero a ella no le han pedido la renuncia. Muchas gracias por su atencion

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JUAN PUERTAS MARTÍNEZ

Abogado de Órgiva

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Buenos días: entiendo que usted renunció a la herencia de su padre, haciéndolo constar en escritura hecha ante un notario (de lo contrario, no sería válida). Si es así, usted tiene la obligación de darle copia de su renuncia a su tío, para que éste efectivamente pueda recibir la totalidad de la herencia. Si su hermana y usted renunciaron a la vez en la misma notaría y escritura, solo es necesario que le entreguen una copia. E caso contrario, los dos deben entregarle sus respectivas escrituras a su tío. si no lo hacen voluntariamente, su tío podrá reclamárselas judicialmente. Sin su/sus escrituras de renuncia, es absolutamente imposible que su tío pueda aceptar y recibir la herencia. Si necesita mayor aclaración, no dude en contactar conmigo directamente.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

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Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia

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Su cuestionario me deja muchas preguntas abiertas, no obstante espero ser lo mas concreto posible:
1º).- La renuncia a la herencia ha de hacerse mediante escritura pública formalizada ante notario. Si no lo ha hecho así, no existe renuncia. En en vez de renunciar, pudo aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir, asumiría los derechos y obligaciones, pero éstas hasta el límite del patrimonio que hubiese heredado, por lo que su patrimonio previo no estaría afecto a pagar niega deuda.-
2º).- Si está obligado a facilitar una copia de la Escritura de Herencia, para que el resto de los herederos puedan aceptar la misma, si no lo hiciera, podrían reclamárselo judicialmente.-
3º).- Si su hermana ha renunciado también notarialmente, también vendría obligada a entregar una copia.-
Esperando que le haya resuelto sus dudas, reciba un cordial saludo.-

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ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
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Tal y como le han comentado los compañeros, usted deberá entregar una copia de su escritura de renuncia para que su familiar pueda hacer efectiva su aceptación de herencia. En el caso de su hermana, igualmente se verá obligada a entregarle una copia de su renuncia. En el supuesto que no les hicierais entrega de las mismas, su tío podría reclamárselo judicialmente. Para cualquier información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Seguramente la renuncia de su hermana y la suya fueron en el mismos momento, si así fuere ambas serán iguales, en otro caso, deberá vd. preguntar en la notaría donde realizaron la misma. Darle o no una copia de la renuncia, no creo que le implique de ningún modo (guarde vd. siempre los originales), pero sería cosa de ver lo que se dice en la misma con carácter previo. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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