Orden de alejamiento cautelar.

En enero del 2013 le impusieron una orden de alejamiento cautelar a mi pareja hacia mi, no fue por nada físico sólo verbal. ¿Podría ir a retirarla antes de que en noviembre del 2014 llegue el juicio? ¿Podría casarme con el por ser trámites diferentes penal y civil?

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Puede usted interesar la retirada, pero, a pesar de su solicitud, no está en sus manos el que se retire, es decir, decidirá el Juzgado, tras consulta también al Ministerio Fiscal.
Por otro lado, la medida cautelar de alejamiento no le impide contraer matrimonio con esta persona, si bien deberá formalizar el matrimonio, si se haya vigente el alejamiento, respetando éste.
Para cualquier otra información puede contactar con este despacho

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Xavier Pardo Yuste

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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No acabo de entender. Necesitaría ver documentos.
Puede contactar con xavierpardo@icab.cat o con e.salgado@icab.cat

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