Pago del alquiler de la vivienda habitual del menor
Apreciado Sr., buenas tardes.
Todo depende de lo que Vdes. acuerden o de lo que diga el Juez al respecto.
Lo que si es cierto es que si la madre no puede, Vd. tiene que procurarle una vivienda a su hija. Se lo agradecerá, a lo mejor no ahora, pero si más adelante.
Tiene que cuidar de su hija, no tendrá nada mejor, se lo aseguro.
Sé que cuesta pagar una pensión, pero lo cierto es que su hija no puede ganar dinero ni subvenir a sus necesidades, y entre ellas está la de la vivienda.
Ayude a su ex a pagar la vivienda, y verá como Vd., a pesar de los problemas económicos que ello le pueda ocasionar, se sentirá bien consigo mismo de poder ayudar a alguien que lo necesita.
Ignoro si Vd. paga o no pensión de alimentos para la manutención de su hija a su ex, pero si va al Juzgado el mínimo por ello serán 150 euros, pero si Vd. gana mucho más que la madre de su hija, es más que probable que estos 150 se conviertan en 350 o 500 y estará pagando casi el alquiler de la vivienda.
Para aconsejarle al respecto y con mayor precisión, necesito que me diga cuáles son sus ingresos y los de la madre de su hija.
Si en algo me precisa, no dude en llamarme.
UN ABRAZO, SALUD Y FORÇA
Abogado en Palma de Mallorca Miguel Angel Villalonga VCA Abogados
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes.
La pensión de alimentos del progenitor no custodio debe contribuir a los alimentos, ropa, gastos de colegio, habitación, luz, agua y gas que tenga el menor, en proporción a los ingresos de los dos progenitores.