¿Puede ir a prisión por no pagar la pensión de alimentos?
ABOGADO SEPARACION VALENCIA VERONICA GARCÍA TORRES
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General
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Mejor respuesta según autor
Buenos días,
En primer lugar debe tener en cuenta que cuando se plantea una denuncia por lo penal por impago de alimentos hay que acreditar ante el juzgado la inexistencia de dolo (es decir el ánimo de impagar la pensión a propósito).
Puede ser responsable civilmente pero no penalmente. En nuestro despacho hemos tenido denuncias así y el denunciado no ha sido condenado.
Si finalmente esa condena sí existiera habría que ver la sentencia concreta y la pena que se impone, si es posible sustituirla o suspenderla.
El código penal si puede llegar a establecer prisión, pero entrar en la cárcel o no depende de muchos factores.
Quedamos a su disposición en Valencia.
Saludos
Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
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Por supuesto que puede ir a prisión si lo denuncian, y a mayor abundamiento con antecedentes penales, sino abona la pensión le decretaran prisión, al estar condenado por violencia de genero y por alcoholemia. Supongo que le han aplicado efectos retroactivos para la pensión desde el momento de la interposición de la demanda. Yo le aconsejaría que solicitase un abogado de oficio al objeto de modificar las medidas respecto a la pensión de alimentos que tiene obligación de abonar. Lo siento no le puedo dar mejores noticias
ABOGADO DIVORCIO TORRENT - GRAU & DIAGO ABOGADAS, C.B.
Abogado de Torrent especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, efectivamente, el delito de impago de pensión está penad con pena de prisión, pero es un requisito imprescindible para que el denunciado, en este caso su hermano, sea condenado, que se demuestre que pudiendo pagar la pensión, no lo hizo, por lo tanto, su defensa debe basarse en acreditar esa falta de recursos económicos. Por lo demás, y respecto de los antecedentes que menciona, a priori el tema de los insultos me suena a que fue condenado por una falta de injurias, y si es así, estese tranquilo porque no originan antecedentes penales, y de cualquier modo, seguiría siendo el tema principal, el de la insolvencia económica, si la pueden demostrar, como les digo, la sentencia absolutoria es segura.
Un saludo,
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
En este caso le aconsejo que con urgencia presente una modificación de medidas ante el Juzgado de Familia. En el procedimiento penal debe demostrar que no tiene medios para pagar la totalidad de la pensión. Le aconsejo que haga ingresos periódicos de cantidades a cuenta de la pensión para poder acreditar que existe voluntad de pago, aunque le es imposible pagar la totalidad.
La pena por el delito de impago de pensiones es de multa de seis a doce meses o prisión de tres a seis meses.
Atentamente
Miguel Villagrán Soler
Abogado
EMAIL: miguelvillagran@icav.es
Buenos días,
Lo que necesitaríamos para poder asesorarle de una forma más detallada es que nos envía por email la sentencia de su hermano. Si bien, adelantarle que en este tipo de casos, lo mejor es a través de un buen asesoramiento, llegar a un acuerdo, puesto que la pena de prisión es algo que puede ocurrir.
Si lo desea puede contactar con nosotros mediante esta página.
Un cordial saludo