Pagos de IBI, seguro hogar y comunidad de pareja divorciada

Estoy divorciada y yo me quedé la vivienda familiar porque tengo la custodia de mi hijo. La vivienda la compramos mi exmarido y yo durante el matrimonio, siendo bien ganancial. En la sentencia de divorcio respecto a la vivienda pone que mi exmarido ha de hacerse cargo de la mitad de la hipoteca. Nada más. ¿Tengo que pagar yo las cuotas del seguro del hogar, comunidad y el IBI? Entiendo que sí porque son gastos de la vivienda, pero solo quería asegurarme.

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Lopez Sanchez Abogados

Lopez Sanchez Abogados

Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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Hay que hacer caso al convenio regulador que hayais firmado entre los dos. Si no estás conforme (cosa que por otra parte deberíais haber tenido en cuenta a la hora de elaborar y firmar dicho convenio) deberás ponerlo en conocimiento del juzgado mediante la solicitud de una modificación de medidas, a través de abogado y procurador. Quedamos a tu entera disposición. Gracias

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Salvo que la resolución judicial indique lo contrario, el IBI han de abonarlo por mitad, al gravar la propiedad del inmueble; la comunidad de propietarios si se trfata de gastos corrientes, será de cuenta de la usuaria, no así los gastos de obras, etc, que serán comunes; por lo que se refiere al seguro, habrá de estarse a sus coberturas, pues si se asegura el continente que es común, será por mitad, salvo que él no quiera asegurarlo, en cuyo caso le conviene ser a vd. la tomadora y beneficiaria exclusiva del mismo, para que si se produce un siniestro, no le aproveche a él la indemnización que le corresponda, consúltelo con su agente de seguros. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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Ónice Abogados y Consultores

Abogado de Valencia especializado en Derecho Bancario

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Buenos días. Si la vivienda es de ambos deberán pagar el IBI al 50% cada uno. El seguro habitualmente es una obligación que se pacta en la escritura de préstamo hipotecario por lo que si del préstamo paga el 50% de las obligaciones vinculadas a ese contrato igual. Respecto de la Comunidad, entendemos igualmente que se debe abonar al 50% ya que lo paga la vivienda con independencia de su uso o no, este pago se devenga sólo por el hecho de ser propietario del inmueble.

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Abogado Madrid - Ayax Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil

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Buenos días.

Al no reflejar nada el convenio regulador al respeto y ser usted la usufructuaria del mismo debe asumir los gastos. Sin embargo, si en algún momento le resulta muy gravoso ese gasto y no puede hacerle frente se podrá interponer una modificación de medidas para que se actualice el convenio en esos términos. También puede hablar con su exmarido para ver si accede a colaborar con esos gastos

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Considero que hay que estar a lo que diga la sentencia, y si está ha fallado que su ex-marido tan solo debe hacerse cargo de la mitad de la hipoteca, usted usted, cual usufructuaria, ha de pechar con el pago del seguro del hogar, de los gastos de la comunicad y del pato del IBI.

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