Parte embargable de la nómina
Abogado despidos Narón - Anidos Lamela Abogados
Abogado de Narón especializado en Derecho Laboral
Buenos días,
Le embargarán la cuantía adicional al SMI conforme a la escala correspondiente, sin tener en cuenta la pensión de alimentos que usted deba satisfacer. Cuestión diferente sería si usted hubiese sido condenado en ejecución de Sentencia al pago de la pensión de alimentos y existiese, por este motivo, un embargo previo. En tal caso, el embargo para satisfacer dicha pensión se aplicaría primero y, posteriormente, se aplicaría el embargo para satisfacer la deuda si queda un resto, ya que el embargo para satisfacer la pensión de alimentos puede incluso superar los límites establecidos.
Un saludo
Lo primero que debe tener en cuenta es que probablemente lo que intenten embargar no sea su nómina, sino sus ahorros en bancos o cajas a fin de saldar la deuda. En cuanto a lo que apunta, si es la empresa la que por orden judicial "descuenta" de su sueldo la pensión de alimentos probablemente tenga en cuenta ese "embargo" previo antes de embargarle el resto de su nómina. Si por contra, es usted mismo el que hace los ingresos por la pensión de alimentos, no se tendrá en cuenta esa obligación para realizarle los embargos. Un saludo
Abogado divorcio La Coruña - Jose Ramón Baña Caamaño
Abogado de Coruña especializado en Derecho Civil
Buenos días:
La pensión de alimentos es igualmente inembargable. Debería ponerlo en conocimiento de su empresa y del juzgado correspondiente.
Si necesita la colaboración de este despacho no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Atte.,