¿Qué pasa si el deudor paga su deuda y no quiere pagar los honorarios de abogado?

Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
Abogado de Albacete especializado en Derecho de Familia
Entiendo que se refiere a los honorarios del abogado de la parte contraria. Si es así, el deudor no tiene por qué soportar los honorarios de la parte contraria salvo pacto, acuerdo o si es condenado en costas en un proceso judicial. Sí que está obligado a pagar al abogado cuyos servicios haya contratado, pero es por eso que si él no ha contratado los servicios de un profesional, no se le puede obligar legalmente a soportarlos.

Buenas, estamos haciendo referencia a dos cuestiones distintas, por un lado las deudas con el abogado y por otro las deudas del asunto principal.
Si la deuda ya se cancelo, fruto de un procedimiento que llevó a cabo el abogado, los honorarios que se han devengado por el abogado que atendió el asunto también deben de pagarse, saludos

Pedro González Felipe
Abogado de Albacete especializado en Derecho Civil
Dependerá de si se ha iniciado procedimiento judicial o no; si se ha iniciado y el deudor se allana a la demanda -pretende la finalización del pleito pagando- se daría traslado al demandante, quien estaría de acuerdo con esa pretensión pero solicitando que pagase las costas producidas hasta ese momento. El juez decidiría.
Saludos.

Abogado Divorcios Nulidades Albacete - Antonio Ruiz López
Abogado de Albacete especializado en Derecho de Familia
Si el deudor tiene que pagar la condena en costas y no quiere procedería la correspondiente Tasación de Costas; y si es el propio cliente que no abona los Honorarios a su Abogado, procede la tramitación del procedimiento de Jura de Cuentas.