Pasar de jubilación parcial a total

Actualmente disfruto de una jubilación parcial y trabajo el 25% de la jornada laboral anual. En mi contrato figura como fecha final del mismo la fecha en la que cumplo los 65 años (será en 2014)
Quisiera saber sí las últimas modificaciones en la edad de jubilación me afectan, y tendría que esperar dos meses más de lo que dice mi contrato o si por el contrario, mantendré lo que se estipuló: justo al cumplir los 65 años. En cualquier caso ¿debo presentar algún papel, solicitud, etc, para pasar a la jubilación total?
Muchas gracias

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Le pueden exigir dos meses más de la fecha en que cumpla los 65, si tiene cotizados menos de 35 años y seis meses, si bien, se mantiene la edad de 65 años para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1/1/2013, de conformidad con lo establecido en la disposición final 12.2. de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.
Para obtener la pensión por jubilación total, debe presentar la solicitud en los tres meses anteriores o posteriores a la fecha en que cumpla la edad antes señalada.
Quedo a su disposición para cualquier consulta.
Jesús Villodre

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JIONOS ABOGADOS

JIONOS ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación

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Buenos días:
Las modificacione de la reforma laboral no le van afectar a usted, entre otras cosa, porque la reforma se está aplicando de manera gradual en el tiempo, y a usted no le coge.
Saludos

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