Permiso de conducir caducado
Conducir un vehículo a motor con una licencia de conducción no homologada en España o caducada podría, en su caso, constituir una infracción administrativa grave, pero no un delito contra la seguridad vial del art. 384 del Código Penal.
Aunque subsisten aisladas opiniones divergentes, es tesis ampliamente compartida y asumida por la Fiscalía Especial de seguridad vial que en el delito del último inciso del art. 384 del Código Penal (conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia), la expresión legal exige que pueda afirmarse con rotundidad que el autor jamás ha obtenido el permiso de conducir. Por eso ha de excluirse del radio de acción del delito contra la seguridad vial a quien posee permiso extranjero y también a aquellas personas cuyo permiso ha caducado.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
En el caso que se encuentre en esa situación dependerá mucho de los agentes y del Fiscal que ese día este de guardia en caso de detención.La experiencía en nuestro despacho en cuanto a los permisos de otros paises no homologados en España ha sido por parte de la justicia considerar que conducía "sin carnet".