Permiso de trabajo para mi mujer que es extranjera.
Buenos días.
El artículo 8 del Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, establece que; " Los miembros de la familia de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo especificados en el artículo 2 del presente real decreto, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando le acompañen o se reúnan con él, podrán residir en España por un período superior a tres meses, estando sujetos a la obligación de solicitar y obtener una «tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión". Si lo considera oportuno, estamos a su disposición para ayudarle en la realización de los correspondientes trámites legales. rubensutil arroba gmail punto com
ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN
Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil
Lo primero que deben hacer es dirigirse a la Embajada española para solicitar la inscripción del matrimonio. Deberían hacer primero eso allí, ya que una vez en España sin la inscripción del matrimonio, ella solo tendría el visado de turista que le vencería en un plazo de 3 meses y luego se quedaría indocumentada. Una vez inscrito el matrimonio tiene que pedir un visado de reagrupación familiar con cónyuge de la UE en la Embajada española.
Un saludo
Buenos dias,
Lo primero es tramitar la Tarjeta de Residente como Familiar de un comunitario.
Puedes ver sus tramites en:
extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/
Si necesita ayuda para los tramites no dude en solicitarnos colaboración.
Manuel Rodríguez
entramites gmail
Cuando lleguen a España sólo tienen que solicitar la tarjeta de residencia de familiar de residente de la UE, y sólo se puede hacer en España. Necesita el certificado de matrimonio legalizado y traducido si es extranjero, o si está en el Registro Civil Central, uno original.