Piso de alquiler sin contrato y embargado.
León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
No debe hacerlo y menos verbalmente. El principal problema que podría encontrar es que una vez ejecutado el embargo el nuevo propietario no reconozca el alquiler y le eche a la calle. La única forma de evitarlo sería inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad, por eso mismo le están proponiendo que el contrato sea verbal.
Attard Abogados
Abogado de Mijas especializado en Derecho Civil
Sin contrato no debería entrar en la vivienda. Además, con conocimiento del embargo se podría producir el lanzamiento en cualquier momento. Nos imaginamos que no quiere declarar el arrendamiento para que no le embarguen las cantidades que usted pague pero eso a usted no le beneficia en nada.
Atentamente,
Attard Abogados.
Abogado Delitos Zaragoza - Carlos Fuertes Iglesias
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Penal Común
No le recomiendo, como hacen mis insignes colegas que ya le han respondido, entrar a esta vivienda, ni participar siquiera en contrato alguno respecto de tal bien. Saludos cordiales
ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
No le sugiero que lo haga, son muchos los problemas que podria tener. Saludos cordiales