Piso y garage proindiviso (una sola escritura)

Vivo en Madrid, en un piso de mi propiedad. Tengo también una plaza de garaje. Cuando lo compré en el año 2000, firmé una sola escritura ante notario, en la que piso y plaza de garaje eran PROINDIVISO.
La propiedad tiene un único valor catastral, y pago un solo IBI anual.

Pues bien, la semana pasada recibí una carta del Ayuntamiento de Madrid en la que me informan del nuevo valor catastral de mi plaza de garaje "de carácter proindiviso" y de la referencia catastral. Y me dicen que se pondrán en contacto conmigo en breve para informarme del IBI que tengo que pagar por ella.

Mi pregunta es: ¿es ésto legal?. ¿¿Puede el Ayuntamiento, de forma unilateral, meter la mano en MI propiedad, adquirida legalmente mediante escritura pública, obligándome a pagar IBI por el garaje, además de la millonada que ya pago cada año por la UNICA propiedad que tengo, QUE INCLUYE UNA PLAZA DE GARAJE DESCRITA Y ESPECIFICADA EN LA ESCRITURA??. Repito: la escritura es un documento 100% legal, y así lo describe.

Muchas gracias de antemano por su ayuda.

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Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

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Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda

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Buenos días,
El concepto "proindiviso" significa que la finca es única y está sin dividir entre los distintos copropietarios.
Por tanto, hay que analizar:
1) Si lo que Ud. compró era una única finca registral con el garaje como anexo inseparable.
2) Si lo que Ud. compró era la vivienda junto con una cuota de copropiedad de la finca aparcamiento que le da derecho al uso de una plaza de aparcamiento.

Atendiendo a la modificación realizada por el ayuntamiento, me inclinaría a pensar que la estructura de propiedad tiene mayor encaje con el apartado 2 que con el apartado 1. En este sentido, la actuación del ayuntamiento lo único que habría supuesto es materializar el derecho de uso de una plaza concreta en una referencia catastral a efectos fiscales para poder cobrar los impuestos, sin que ello suponga una alteración de su derecho de propiedad ni la estructura de su título.

En todo caso, sería necesario revisar la documentación para poder darle una respuesta adecuada.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Usted es propietario de un piso y de un garaje, por lo que a efectos catastrales es titular de dos elementos y, por lo tanto, se le pueden pasar dos recibos de IBI, uno por cada elemento, aunque en la escritura el garaje sea anejo de la vivienda. Otra cosa, es que hasta ahora el IBI del garaje no estuviera individualizado y se pasara a nombre de la Comunidad, la cual a su vez se lo habría cobrado al pasarle el recibo periódico por gastos, por lo que usted creía que solo pagaba un IBI cuando en realidad también estaba pagando dos recibos.

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