Plagio anuncio prensa escrita
Abogado Marcas y Patentes Barcelona BARROSO | HERNÁNDEZ
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Independientemente de la actuación que ha llevado a cabo el periódico con el servicio por Vds. contratado y, por l otanto, de su eventual incumplimiento, lo cierto es que lo que Vd. expone es un acto absolutamente ilícito por parte del anunciante y, por lo tanto, perseguible en España mediante la Ley de Competencia Desleal. Se trata, indudablmente, de un acto desleal, por inducir a confusión en el mercado, cumpliéndose -en principio- los requisitos para que se considere un acto desleal por confusión. También podría tratarse de un acto desleal por aprovechamiento del trabajo ajeno, pero para poder concluir esto, es imprescindible conocer el caso concreto que se ha producido. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise.
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