Podría revocar una firma ante notario por una herencia?
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Abogado de Torrejón de Ardoz especializado en Derecho Civil
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Contestado
En principio la renuncia a una herencia tiene carácter irrevocable conforme el art 997 del Código Civil, sólo se ve alterada por la impugnación fundada en la existencia de algún vicio del consentimiento o en la aparición de un testamento desconocido, ineficacia que ha de hacerse valer mediante el ejercicio de la correspondiente acción legal y probando sin lugar a dudas que existió tal circunstancia, pues de lo contrario no cabrá tal impugnación ni modificación de la voluntad expresada de renunciar a la herencia. Para ampliar la información puede contactar con este despacho.
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