¿Por qué la posesión es temporal? ¿Se puede vender? ¿Cómo?

¿Es necesario para la venta de la posesión de un buen inmueble hacer escritura pública?

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JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes. La posesión de un bien inmueble no es susceptible de compra venta. Un inmueble se posee en virtud de un título (normalmente un contrato) otorgado por el propietario: arrendamiento, comodato, censo, etc. En estos casos, el poseedor nunca podrá vender su derecho a poseer la cosa sino que traspasará o cederá su derecho. Solo el propietario puede vender, no el poseedor.
Aclarado lo anterior, creo que a lo que ud. se refiere es a la compraventa del inmueble, en cuyo caso sí debe documentarse en escritura pública ya que supone una alteración o modificación de un derecho real como es la propiedad del inmueble (la propiedad cambia de una persona a otra).
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, según 438 ,Código Civil establece que: " la posesión se adquiere por la ocupación material de la cosa o derecho poseído, o por el hecho de quedar éstos sujetos a la acción de nuestra voluntad, o por los actos propios y formalidades legales establecidas para adquirir tal derecho".

Un saludo

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