¿Prescriben las deudas con la seguridad social?

Hola,

Tengo una deuda de 35.000 euros con la Seguridad Social. ¿Prescribe?

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

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Transcurridos 4 años desde que se devengue la deuda sin que la Administración haya realizado actividad alguna de cara al cobro, quedaría prescrita. Lo más conveniente es que proponga un plazo aplazado, en caso contrario lo más habitual es que acabe embargándole hasta cubrir la deuda con intereses y recargos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

Dudo que dicha deuda pueda prescribir, porque probablemente le habrán notificado en periodo voluntaria, y le habrán hecho requerimientos de pago, le sugiero que llegue a un acuerdo con la Seguridad Social para que no le embarguen sus bienes.

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