Prescripción de deuda teléfonica

Hola, Movistar me dice que tengo una deuda generada en 2011, pero pasan dos cosas: como se pagó por domiciliación y la cuenta en la que se hizo ya no existe, no puedo demostrarlo, y porque al hacer portabilidad, no la aceptan con deudas.

Mu duda es: ¿No prescriben dichas deudas? No he recibido en todo este tiempo reclamación alguna por ninguna vía, ya sea demostrativa o no, de dicha deuda.

Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Esas deudas por supuesto que prescriben, pero otra cosa es la cuestión práctica que se plantea de que la operadora no admita la prescripción, por lo que si quiere seguir trabajando con esa operadora no tendrá más remedio que negociar la deuda y pagar o recurrir a otra persona para contratar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Si prescriben. Tras la reforma del art. 1964 del Código Civil ese plazo es de 5 años, por lo que es muy probable que si no le han reclamado de forma fehaciente esa supuesta deuda, ya esté prescrita.

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